La Fiscalía de Medio Ambiente ha decidido archivar la investigación que abrió tras la denuncia presentada el jueves por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 pidiendo que impidiera la celebración del controvertido Torneo del Toro de la Vega, previsto el próximo martes en Tordesillas (Valladolid), porque considera "no existen indicios de la comisión de delito alguno".

Así lo ha acordado el fiscal de sala de Medio Ambiente Antonio Vercher en un oficio que ha comunicado este viernes al director general de Derechos de los Animales, Sergio García Torres.

Vercher cree que "no existen indicios de la comisión de delito alguno, sin perjuicio del análisis del concreto ajuste a la legalidad administrativa de la orden MAV/946/2022, de 5 de julio, por la que se declara la conformidad de la adaptación de las bases del espectáculo taurino tradicional del Toro de la Vega".

El fiscal subraya que este "ajuste y control, así como la adopción de medidas cautelares", en su caso, correspondería dilucidarlos a la jurisdicción contencioso-administrativa, "no al Ministerio Fiscal".

En consecuencia, el fiscal acuerda archivar las diligencias preprocesales incoadas a raíz de la denuncia del Gobierno, aunque indica al Gobierno que aún tiene la posibilidad de denunciar directamente ante el juzgado de instrucción competente.

La Fiscalía de Medio Ambiente recuerda que ya se ha pronunciado en el mismo sentido en peticiones similares en los años 2007 y 2015. La cuestión esencial, explica, reside en que existe una base legal autonómica que permite la situación presente, y a la que se ha adaptado el modo de celebrar este tipo de festejos.

 

Derechos sociales pedía la suspensión cautelar

 

Derechos Sociales esgrimía que las nuevas Bases Reguladoras del Desarrollo del Inmemorial Torneo del Toro de la Vega establecen la posibilidad de colocar hasta siete divisas en el toro, lo cual incumpliría el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León porque "prohíbe expresamente herir, pinchar y golpear a los astados".

El Ministerio, dirigido por la líder 'morada, Ione Belarra, afirmaba que dichas divisas causan graves daños, conforme a lo estipulado en las bases, como "dispositivos terminados en punzones o arpones que se utilizan y están diseñados para ser clavados en el animal".

En consecuencia, estimaba que el alegado incumplimiento del citado reglamento autonómico "podría derivar en un delito de maltrato animal", por lo que instó a la Fiscalía a suspender el Toro de la Vega como medida cautelar.

Vercher recuerda que "el Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León establece en su artículo 28.1 que 'los espectáculos taurinos tradicionales son aquellos festejos populares con reses de lidia cuya celebración arraigada socialmente se venga realizando en la localidad de forma continuada desde tiempos inmemoriales, desarrollándose de acuerdo con la costumbre del lugar'".

Ese mismo año, añade, "se otorgó la declaración de tradicional al festejo taurino denominado Toro de la Vega" y en 2022 el Ayuntamiento de Tordesillas aprobó con carácter definitivo la adaptación de las bases reguladoras del torneo al Decreto-Ley 2/2016, de 19 de mayo, que prohíbe la muerte de las reses de lidia en presencia del público en los espectáculos taurinos populares y tradicionales en Castilla y León, algo que validó el Gobierno autonómico.

 

Se ajusta a la legalidad

 

"Por tanto, se han seguido los trámites legalmente previstos en cuanto a la adaptación de las bases reguladoras y las mismas han sido declaradas conforme por la administración autonómica", concluye el fiscal.

Vercher también responde a la alegación de Derechos Sociales en la que denunciaba que en cualquier caso se vulnera lo dispuesto en el reglamento regional cuando por cuanto fija que "en todos los espectáculos taurinos populares queda prohibido herir, pinchar, golpear, sujetar o tratar de cualquier otro modo cruel a las reses".

"Ahora bien", subraya el fiscal, el escrito "obvia" que a continuación el mismo precepto dice que "lo establecido en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la posible realización de aquellas acciones físicas que haya que efectuar sobre las reses de lidia tendentes a garantizar la seguridad e integridad de los participantes, el desarrollo del espectáculo, o aquellas que, excepcionalmente, sean inherentes a la celebración de un espectáculo taurino tradicional".

En la denuncia también se menciona el artículo 31 de dicho reglamento, el cual determina que "a los festejos tradicionales les es aplicable el régimen jurídico general de los espectáculos taurinos populares" y, "en particular, el sometimiento al régimen de previa autorización administrativa, debiendo acreditar el cumplimiento de las condiciones médico-sanitarias que fueron propuestas en su declaración".

Sin embargo, apostilla Vercher, "se olvida que a continuación en el mismo precepto se añade que por "su peculiaridad y tradición, no quedan sujetos necesariamente a la clasificación prevista para los espectáculos taurinos populares, e individualmente se les podrá reconocer determinadas especialidades al régimen general".