El Pleno de la Sala I del Tribunal Supremo (TS) confirma la sentencia que obliga a Corporación Industrial de Materiales de Construcción, conocida anteriormente como Uralita, a indemnizar con 2,3 millones de euros a 39 afectados de la fábrica de amianto que la empresa operó en Cerdanyola del Vallès (Barcelona) entre 1907 y 1997.
Entre los afectados no solo se encuentran familiares de trabajadores de la fábrica, sino también vecinos de las proximidades de la factoría que fueron perjudicados por la contaminación ambiental, según la sentencia hecha pública este miércoles.
El tribunal, además, ha estimado parcialmente el recurso presentado por los afectados y ha incluido el daño moral derivado de las placas pleurales en la indemnización.
Perfecta constancia de los riesgos
La Sala ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa ya que considera que "tenía perfecta constancia de los riesgos que estas sustancias generaban para la salud de los trabajadores y de terceros" desde los años cuarenta del siglo pasado.
También apunta que la compañía "era consciente de que su actividad industrial era anormalmente peligrosa", lo que la obligaba a extremar las precauciones necesarias, algo que asegura no solo no se realizó, sino que incrementó el riesgo en la gestión.
El TS ha confirmado la compatibilidad entre las indemnizaciones reclamadas por los herederos de las personas ya fallecidas y las correspondientes al daño experimentado por estos como perjudicados por su muerte.
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