El Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA) ha denunciado que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) no cumple el ordenamiento ambiental, por lo que exige que la reconstrucción económica tras la pandemia se acometa "con estricto apego al estado de derecho", lo que pasa por "cumplir con todo el ordenamiento jurídico ambiental" existente en España.
El instituto ha examinado los requisitos que exige el derecho ambiental de la UE para elaborar los Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia bajo el Mecanismo de la UE que lleva el mismo nombre y recuerda que en materia ambiental, el ordenamiento jurídico pasa también por incluir los Tratados o Convenios internacionales ambientales ratificados por España.
Así lo expone el IDDMA en su informe El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Estado de Derecho: Implicaciones Ambientales las deficiencias respecto al derecho medioambiental en el citado plan en España. En un segundo informe, Environmental Rule of Law and National Recovery and Resilience Plans: Transparency and Public Participation analiza el proceso europeo que conlleva la elaboración de estos planes en los Estados miembro.
Vulnera el Convenio de Aarhus que requiere realizar consultas públicas
En concreto, denuncia que la elaboración del plan español "no está siendo transparente" ni se están articulando "cauces de participación pública" en su elaboración, lo que "vulnera el Convenio de Aarhus", algo "necesario" porque los proyectos que se ejecutarán con cargo al PRTR inciden sobre el medio ambiente. Esto, según insisten los letrados requiere realizar consultas públicas, algo que "no se está produciendo".
(El Convenio de Aarhus, llamado así en honor a la ciudad danesa en la que se firmó, es un tratado internacional que regula el acceso del público a la información y a la justicia y su participación en la toma de decisiones en temas de medio ambiente. Fue elaborado dentro de la UNECE, es decir, de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa, y rubricado el 25 de junio de 1998, aunque no entró en vigor hasta el mes de julio de 2001)
Por otro lado, añaden que el PRTR encaja también dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Evaluación Ambiental, como de la Directiva europea en la materia, por lo que debe someter a Evaluación Ambiental Estratégica. "Tampoco se está produciendo a pesar de lo exigido no solo por esa Ley sino también por la Directiva de Evaluación Ambiental Estratégica", alertan.
La directora del IDDMA, Ana Barreira, ha defendido que "transparencia y participación pública" son dos elementos "fundamentales" de democracia y opina que sin ellos la ciudadanía "no tendrá un sentimiento de pertenencia" hacia el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La exclusión del trámite de evaluación de impacto ambiental
En definitiva, explica que la recuperación de la COVID-19 "no puede realizarse a costa del estado de derecho en materia ambiental" y más aún cuando este Plan tiene que contribuir a alcanzar los objetivos del Pacto Verde de la UE.
El instituto analiza también el Real Decreto Ley para ejecutar el citado plan, como la modificación que facilita la exclusión del trámite de evaluación de impacto ambiental (EIA) a una categoría de proyectos, financiados con los fondos europeos, al establecer "circunstancias excepcionales" para no someterlos a este procedimiento.
Para el IDDMA, esta medida "contraviene" el derecho de la UE, que permite la excepcionalidad en cada caso particular, pero no permite excluir un bloque de proyectos, aun cuando se trate de "meras modernizaciones o mejoras de instalaciones ya existentes".
Modificaciones a la Ley de Evaluación Ambiental
En ese sentido, alerta de que bajo el argumento de dar mayor seguridad jurídica ese Real Decreto Ley hace modificaciones a la Ley de Evaluación Ambiental, lo que reduciría plazos de algunos de los trámites de los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental y de Evaluación Ambiental Estratégica, incluidos los plazos para las consultas públicas producidas en el marco de dichos procedimientos.
Por ello, advierte de que esos plazos no se corresponden con los que da el Comité de Aarhus para la revisión de casos dentro de este procedimiento, lo que "abre la puerta a futuros problemas".
En cuanto al segundo de los informes, alerta también de que los planes de Planes de Recuperación y Resiliencia de los Estados miembros no se están realizando conforme a lo exigido sobre participación pública y de Evaluación Ambiental Estratégica, a pesar de que así lo requiere el ordenamiento jurídico de la UE.